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jueves, 26 de abril de 2018

CHIAPAS / Impunes casos de negligencia médica

  • ·  Resueltos sólo el 2.7% de casos reportados de negligencia médica en México
  • ·   Necesario modificar marco normativo para mejorar el arbitraje médico en México: EBC



Miguel Fernando Buenrostro Ruiz, docente e investigador de la Escuela Bancaria y Comercial Campus Tuxtla, explicó que actualmente en el ejercicio de la práctica médica, de presentarse casos en los cuales el médico actúe con negligencia, impericia y/o imprudencia, el usuario, en este caso el paciente, que se sienta afectado de forma física, mental o jurídica, puede quejarse ante las instancias jurídicas y proceder de manera penal, civil o administrativa.

Ya que la responsabilidad puede ser de tres tipos: penal, civil y administrativa; cada una de ellas contempla un proceso judicial particular en el cual se puede encontrar como responsable al médico y con ello ser sujeto de una pena de privación de su libertad, el resarcimiento de una cantidad de dinero a favor del paciente por el daño causado, o bien, desde el pago de una multa, hasta la suspensión o inhabilitación de su profesión de acuerdo con la magnitud de la consecuencia generada.

Miguel Buenrostro, aclaró los términos ya mencionados por los que se puede proceder legalmente contra un médico, que son, la Impericia, que es la ignorancia inexcusable; la Imprudencia, considera como la actuación temeraria y/o precipitada; y la Negligencia, que denomina la omisión o demora injustificada en la actuación del médico o la actuación perezosa.

Para  estos casos, el analista refirió que existe La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), que es un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Salud, el cual cumple con una función de carácter social, que consiste en contribuir a la resolución de conflictos que surjan entre los usuarios y prestadores de servicios médicos y, con ello, coadyuva a satisfacer una de las demandas sociales como lo es la impartición de justicia.

Dentro de las facultades de la Conamed, destacan las atribuciones jurisdiccionales, pues al tener por función contribuir a la resolución de conflictos, se asemeja a las encomendadas, a los tribunales encargados de impartir justicia. Por ello, la praxis médica requiere de acciones u omisiones que derivan del acto médico y permiten valorar la existencia de alguna responsabilidad legal. A lo largo de la Conamed (existente desde 1996), se han recibido a nivel nacional 328,666 asuntos relacionados con las quejas planteadas por los usuarios de los servicios de salud.

El investigador remarcó que de los casos presentados, sólo el 2.7% se han resuelto, en los que la mayoría han sido absueltos, es decir, terminan a favor de los médicos, ya que éstos llegan a contar con más elementos jurídicos, tales como la firma de un contrato de responsiva al entrar a un tratamiento quirúrgico, o bien, porque el usuario final no da el seguimiento a este proceso, debido a que es altamente tardío. 

El docente e investigador de la Escuela Bancaria y Comercial Campus Tuxtla, Miguel Fernando Buenrostro Ruiz, reiteró que la atención a la salud tiene relevancia en el ordenamiento legal mexicano, por ello considera oportuno revisar y en su momento formular una propuesta que permita modificar el marco normativo para mejorar el arbitraje médico en México, así como replantear el tema de la responsabilidad profesional de los médicos y la negligencia, entre otros aspectos, para evitar caer en el esquema de una medicina defensiva como ha ocurrido en los Estados Unidos de Norteamérica.


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