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jueves, 24 de mayo de 2018

AYUNTAMIENTO / Falso que edil haya presentado licencia en febrero

  • El acta de Cabildo 108 y el documento original con fecha 27 de marzo, son prueba contundente. Fue propuesto para sustituir al edil Fernando Castellanos Cal y Mayor, el quinto regidor Carlos Molano y no el primer regidor Iván Camacho, conforme al artículo 222 de la Ley de Desarrollo Constitucional  en Materia de Gobierno y Administración Municipal




Fernando Castellanos Cal y Mayor presentó  la solicitud de licencia el 27 de marzo del 2018 y fungió materialmente hasta el 29 del mismo mes y año, según consta en el acta de Cabildo 108. Fue propuesto para sustituirlo el quinto regidor Carlos Molano y no el primer regidor Iván Camacho, por exceder el periodo de 15 días. El congreso se demora en aprobarlo, pero el vacío legal les permite tardarse el tiempo que sea. Regidores presionan para aligerar el proceso.

Victoria Rincón Carrillo, segunda regidora del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, lleva cuentas exactas de la ausencia de la figura del edil en funciones. Este jueves van 56 días, desde que Fernando Castellanos Cal y Mayor dijo adiós el 29 de marzo pasado. “La solicitud no fue presentada en febrero como algunos especulan. No hay tal documento”, precisó.

Y es que la madrugada de este jueves, Olga Mavel López Pérez, representante del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) ante el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), aseguró que Fernando Castellanos Cal y Mayor presentó la solicitud de licencia un mes antes, en febrero, pero que fue el Cabildo quien lo aprobó un mes después.

Por su parte Willy Ochoa Gallegos, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado de Chiapas, indicó que fue la secretaria general de Ayuntamiento capitalino, Magda Jan Argüello, la que envió un documento en el que planteaba de manera económica, la intención del alcalde Fernando Castellanos Cal y Mayor, de separarse del cargo por 160 días. “No presentaba el cuerpo de la licencia”, enfatizó el legislador local.

Es decir, la funcionaria pasó por alto al Cabildo y por ende a la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal en su artículo 222.

El documento oficial que obra en poder de este medio, corrobora que la solicitud PM/00000080718 de fecha 27 marzo, fue presentada e incluida en el orden del día de la misma fecha, lo cual consta en el acta de Cabildo 108.

Allí Castellanos Cal y Mayor plantea que “con  fundamento en los artículos 221 y 222 de la Ley de Desarrollo Constitucional  en Materia de Gobierno y Administración Municipal y 111  del Reglamento de Cabildo de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas,  presento ante este cuerpo edilicio la solicitud de licencia para separarme del ejercicio del cargo como presidente municipal del Ayuntamiento constitucional de esta ciudad, a partir del día  29 del mes y año en curso, para que sea incluido en el orden del día  de la sesión cabildo inmediata que corresponda.

En la misma sesión de Cabildo del 27 de marzo se aprobó por mayoría, con un voto en contra y una abstención (de la regidora Victoria Rincón que no aprobaba la separación del cargo del edil), que el quinto regidor Carlos Molano, fuera el edil interino.

Es que el mismo oficio presentado por Castellanos Cal y Mayor solicitaba que fuera aprobada “la sustitución pertinente y presentada ante el Congreso del estado en observancia a los artículos 81 de la Constitución Política  del estado libre y soberano de Chiapas,  en correlación con los artículos 36 y 222 de la Ley de Desarrollo Constitucional  en Materia de Gobierno Municipal”.

La petición al Congreso fue turnada el 1 de abril, de acuerdo a otro documento oficial, en el que se solicitaba la aprobación de la propuesta del alcalde interino. Hasta la fecha el Congreso se mantiene pasivo.

“El Congreso no está infringiendo ninguna ley al demorarse. Somos respetuosos de su momento. Lamentablemente hay un vacío legal que les permite tardarse el tiempo que quieran, no hay fecha límite”, dijo Victoria Rincón Carrillo.

Sin embargo sabedores de todo el problema que acarrea la demora de esta aprobación, los regidores solicitaron al Congreso hace 15 días, considerar a la brevedad esta propuesta por el bien de la gobernabilidad en la capital chiapaneca.

Finalmente Rincón Carrillo aclaró que cuando la licencia es por un periodo de hasta 15 días, el nombramiento de edil interino recae automáticamente en el primer regidor.

“Cuando el periodo de la licencia es a partir de 15 días y hasta por un año, el Cabildo puede proponer a cualquier otro integrante. En este caso la votación por mayoría fue para el quinto regidor Carlos Molano”, aclaró.

En efecto, al consultar la Ley de Desarrollo Constitucional  en Materia de Gobierno y Administración Municipal, en su Artículo 222 estipula que: “Las faltas temporales de los munícipes por menos de quince días, serán únicamente aprobadas por el Ayuntamiento; las que sean mayores a quince días y hasta por menos de un año, deberán ser aprobadas por el Ayuntamiento y por el Congreso del Estado, o en su caso por la Comisión Permanente, debiendo garantizar que la persona que sustituye temporalmente a un munícipe, sea del mismo género.

“Las faltas temporales del Presidente Municipal por menos de quince días, serán suplidas por el Regidor Primero o el que le siga en número. Las faltas temporales por ese mismo plazo de los regidores y el Síndico, no serán suplidas.

“Las faltas temporales de los munícipes por más de quince días y hasta por menos de un año, serán suplidas por el miembro del Ayuntamiento que determine el Congreso del Estado, o en su caso por la Comisión Permanente.

“Las faltas definitivas de los munícipes, serán suplidas por el miembro del Ayuntamiento que determine el Congreso del Estado, en términos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, tomando en consideración a lo establecido en el artículo 36 de la presente Ley”.

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