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lunes, 20 de junio de 2022

CHIAPAS / Padres con teórica licencia de paternidad

A pesar de los avances legislativos muchas empresas privadas e incluso públicas invalidan la ley a favor de sus trabajadores.


Justo cuando Miguel daba el primer bocado a su comida, celebrando el Día del padre con su familia, le llamó su jefe. Debía entregar un trabajo urgente. La esposa e hijos lo miraron resignadamente. Miguel debería tener libre ayer, hace 15 días nació su bebé, pero no le hicieron válida la licencia de paternidad que la ley le confiere.
El diputado federal del PT, Jaime Baltierra García, presentó una iniciativa que reformaba al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo y adicionaba el 28 bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, con el fin de incrementar de cinco a 15 el número de días de licencia de paternidad.
La propuesta establecía que los hombres gozarán de licencia de paternidad de 15 días laborales con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante.
El documento, turnado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, destacaba que el objetivo de la medida es "avanzar en la igualdad y en la conciliación familiar, así como para aumentar las posibilidades de que los hombres asuman responsabilidades parentales y de cuidado de los hijos, lo que beneficiará a los menores y ayudará a una mayor participación de las mujeres en el mercado de trabajo.
Mencionaba que "en México nos hemos quedado rezagados en términos de derechos de los padres, mientras que las naciones de Europa son mucho más displicentes en ese sentido".
La Ley Federal del Trabajo, gracias a una reforma de 2012 a la fracción XXVII Bis del artículo 132, otorgaba a los hombres trabajadores un permiso de paternidad de cinco días laborales.
Ricardo entró a trabajar en el año 2000 como reportero de conocido periódico en Tuxtla Gutiérrez. Se casó en 2002, en 2003 tuvo su primer hijo. Siguieron el segundo en 2005, 2012 y 2016. "Nunca me dieron un solo día de permiso o descanso. El día de mi boda llegué con mi traje y manchado de pastel al trabajo. Todos se sorprendieron y me regañaron", dijo Ricardo.
En mayo pasado la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó reformas a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, a fin de brindar a los hombres un permiso de paternidad de 20 días laborables con goce de sueldo, contados a partir del nacimiento de sus hijos o en caso de la adopción de un infante.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó reformas a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, a fin de brindar a los hombres un permiso de paternidad de 20 días laborables con goce de sueldo, contados a partir del nacimiento de sus hijos o en caso de la adopción de un infante.
Además, se establece que en caso de complicaciones posteriores al parto que perjudiquen a la madre o al recién nacido, el permiso podrá ser de hasta 30 días, previa presentación del certificado médico correspondiente.
El presidente de la comisión, el diputado Jesús Baldenebro Arredondo (Morena), dijo que impulsó la reforma pensando en la familia y en México, porque es la base de la sociedad. "Se presenta en sentido positivo reconociendo el derecho a la paternidad de los padres trabajadores, el equilibrio en las responsabilidades familiares y el beneficio al interés superior de los menores, todo ello en relación laboral y familiar con igualdad sustantiva”.
La promovente de la iniciativa, la diputada Lilia Aguilar Gil, del Partido del Trabajo, señaló que el proyecto pretende acabar con los estereotipos de género que tienen que ver con que el cuidado y la crianza de los hijos está solamente en las madres.
"Se les hace corresponsables, no solo en el cuidado y la crianza, sino que también da la oportunidad a las mujeres que están en situación de pareja, de maternidad, que puedan sumarse a la vida laboral de manera inmediata si así lo desearan o que puedan hacer una crianza corresponsable, conjunta del bebé", apuntó la diputada.
Para equilibrar un poco la balanza en cuanto a la igualdad de género, y los beneficios conferidos a la mujer por su maternidad, y al hombre por su paternidad, el Congreso de Chiapas realizó cambios legislativos.
El decreto 225 para la reforma al artículo 27 refiere que “los hombres trabajadores gozarán de licencia de paternidad, en el caso del nacimiento de un hijo o hija, que consistirá en la autorización de treinta días con goce de sueldo, dicha licencia será otorgada también en el caso de adopción”.
Las reformas a la Ley de Servicio Civil del Estado de Chiapas, fueron publicadas el 20 de mayo del 2020. La reforma incluye por primera vez para Chiapas el otorgamiento de permisos paternos de 30 días de licencia con goce de sueldos, beneficios que se amplían en caso necesarios. En la ley anterior la licencia era de 21 días, en la argumentación se hizo referencia a la disparidad que afectada a los hombres y beneficia a las mujeres.
Aun así las mujeres siguen ganando. El artículo 26 de la citada ley no sufre modificaciones y protege los derechos de las trabajadoras “en estado de gravidez disfrutarán de licencia con goce de sueldo íntegro, en la forma siguiente: treinta días antes de la fecha probable del parto y sesenta días después de éste, en total noventa días previa certificación médica de la institución de seguridad social correspondiente”.
Publicado en el decreto número 225 y 226 por el que se reforma el artículo 27 y se adicionan los artículos 27 Bis y 31 Bis, a la Ley del Servicio Civil del Estado y los municipios de Chiapas, se actualiza la ley de paternidad que era de 21 días para los hombres y tres meses para las mujeres.
Las reformas de paridad en todo, comienza su armonización en Chiapas con las leyes federales y da cumplimiento a la Agenda 2030 y compromisos internacionales que México ha signado. De tal suerte que otorga derechos y responsabilidades a mujeres y hombres en la custodia compartida de manera paritaria.
El decreto 225 para la reforma al artículo 27 refiere que “los hombres trabajadores gozarán de licencia de paternidad, en el caso del nacimiento de un hijo o hija, que consistirá en la autorización de treinta días con goce de sueldo, dicha licencia será otorgada también en el caso de adopción”.
En al artículo 27 Bis, señala que “los hombres trabajadores a que se refiere esta Ley, tendrán derecho a solicitar una ampliación de la Licencia de Paternidad, con goce de sueldo, en los periodos y bajo las consideraciones siguientes:
Por quince días hábiles, en caso de enfermedad grave del hijo o hija recién nacido, ¿así como por complicaciones graves de salud que pongan en riesgo la vida de la madre; sustentada en la constancia médica respectiva;
Por quince días hábiles, en caso de parto múltiple, ¿sustentado en la constancia médica respectiva; y
Por treinta días hábiles adicionales, si durante los primeros quince días posteriores al parto, la madre falleciere, se deberá presentar el acta de defunción correspondiente dentro de los cinco días siguientes al concluir la licencia de paternidad, referida en esta fracción.
La ley estipula que el permiso de paternidad, se podrá utilizar una semana antes de la fecha fijada para el parto, sin menoscabo de los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.
Asimismo, establece en el artículo 31 Bis “Podrá otorgarse una Licencia por Enfermedad Infantil hasta de quince días hábiles al año con goce de sueldo, a los padres y madres trabajadoras a que se refiere esta Ley, que tengan decretada a su favor, por juez competente la guarda y custodia de hija(s) e hijo(s) menores de doce años, lo cual aplica también para casos de adopción, por causa de enfermedad debidamente acreditada mediante constancia médica, adjuntando la resolución judicial correspondiente.
El logro ha sido progresivo en la consecución de beneficios para los padres, en teoría, gracias a la tarea legislativa a nivel nacional y en forma local con los congresos estatales. Lamentablemente en la práctica empresas privadas y algunas dependencias públicas se aprovechan de la ignorancia del trabajador y nada le dicen sobre sus derechos laborales y como padre.
Ayer, como Miguel, muchos padres con hijos recién nacidos tuvieron que trabajar, tal vez desde casa, pero sacrificaron el tiempo que debían destinar a su familia. Se invalida así la teórica licencia de paternidad.

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