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miércoles, 15 de febrero de 2023

TUXTLA / Forjando malos peatones

Una madre enseña a sus hijos a no usar el puente peatonal en libramiento Sur entrada del fraccionamiento Zoque. Lamentable.


La escena es Indignante, preocupante, escalofriante: Una madre poniendo en riesgo a sus hijos y enseñándoles a no usar el puente peatonal. Esto ocurre sobre libramiento Sur, entrada del fraccionamiento Zoque. Lamentable.
La mujer se detiene a la orilla de la carretera, al pie de las escalinatas del puente peatonal, al que ni siquiera intenta usar. Al menos toba de las manos a los dos más pequeños y la mayor se dijera de la mano de su hermanita. No bien ha pasado el veloz auto y cruzan la peligrosa vía, rumbo al fraccionamiento Zoque.
Ninguno de los tres hijos lleva uniforme ni mochila, lo van a la escuela. Pero la mayor preocupación no es eso, sino que la madre los exponga a sufrir un atropello. Varios accidentes han ocurrido ahí, por eso se pidió y construyó el puente peatonal. Pero muchos no lo usan.

El Artículo 65 del Reglamento de Tránsito obliga a los peatones, al transitar en la vía pública, acatar las disposiciones, entre ellas la fracción VIII que dice:
"Cuando en un cruce, exista puente peatonal, el peatón que se encuentre en un radio de cien metros, está obligado a usarlo; la contravención de está disposición hace responsable al peatón de los daños que resulten. Más claro ni el agua.
Además, en las avenidas, calles y bulevares, los peatones deberán cruzar únicamente por las esquinas o zonas marcadas para tal efecto.

Fracción III: "En las intersecciones no controladas por semáforos, zonas marcadas para el paso de peatones o Agentes de Tránsito, los peatones deberán cruzar únicamente después de haberse cerciorado que pueden hacerlo con toda seguridad y preferentemente por la esquina de la calle.
IV. Para atravesar la vía pública por un paso de peatones controlado por semáforos o agentes de tránsito, deberán obedecer las respectivas indicaciones. V. No deberán invadir intempestivamente la superficie de rodamiento.
VI. No deberán cruzar frente a vehículos de transporte público de pasajeros detenidos momentáneamente.
VII. Cuando no existan aceras en la vía pública deberán transitar por el acotamiento; a falta de éste, por la orilla de la vía. IX. Ningún peatón deberá circular diagonalmente por los cruceros.
Ya lo sabe usted. No es sólo caminar por caminar. También hay responsabilidad para el peatón

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